De su exclusiva posesión.

 

 

 

Cuando una persona compra un bien o un inmueble le es entregado un papel que conocemos como factura o título de propiedad. El nombre que aparece en ese papel es quien dispone de tal bien o de tal inmueble legalmente, y es conocido como el “propietario”. Dicho propietario es quien tiene la “exclusiva posesión” del mismo, y, puede hacer lo que bien disponga con ello. Pues bien, nos dice Dios que él dio a su Unigénito Hijo Jesucristo, para que todo aquél que en él crea… sea salvo (Juan 3:16). Si nosotros, aceptamos esa declaración o reconocemos esa verdad como nuestra, entonces somos parte del pueblo de Dios, no porque lo declare humano alguno sino porque Dios lo dice. Así, pues, Dios pagó con la sangre de Cristo el precio más alto que alguien puede pagar por una persona (1ª. Corintios 6:20). Y desde la antigüedad Dios dijo: “Has declarado solemnemente HOY que Jehová es tu Dios, y andarás en sus caminos, y guardarás sus estatutos, sus mandamientos y sus decretos, y que escucharás su voz” (Deuteronomio 26:17). Eso nos corresponde hacer, si somos de su exclusiva propiedad, escuchar y obedecer su voz.

Señor: Danos un honesto celo por tu casa.

 

 

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