De su exclusiva posesión.
Cuando una persona
compra un bien o un inmueble le es entregado un papel que conocemos como
factura o título de propiedad. El nombre que aparece en ese papel es quien
dispone de tal bien o de tal inmueble legalmente, y es conocido como el
“propietario”. Dicho propietario es quien tiene la “exclusiva posesión” del
mismo, y, puede hacer lo que bien disponga con ello. Pues bien, nos dice Dios
que él dio a su Unigénito Hijo Jesucristo, para que todo aquél que en él crea…
sea salvo (Juan 3:16). Si nosotros, aceptamos esa declaración o reconocemos esa
verdad como nuestra, entonces somos parte del pueblo de Dios, no porque lo
declare humano alguno sino porque Dios lo dice. Así, pues, Dios pagó con la
sangre de Cristo el precio más alto que alguien puede pagar por una persona (1ª.
Corintios 6:20). Y desde la antigüedad Dios dijo: “Has declarado solemnemente
HOY que Jehová es tu Dios, y andarás en sus caminos, y guardarás sus estatutos,
sus mandamientos y sus decretos, y que escucharás su voz” (Deuteronomio 26:17).
Eso nos corresponde hacer, si somos de su exclusiva propiedad, escuchar y
obedecer su voz.
Señor: Danos un
honesto celo por tu casa.
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